Para nadie es un secreto que la Justicia Especial para la Paz se constituye en el soporte sobre el cual reposa el Acuerdo de Paz, de modo que su reglamentación ha sido fundamental para concretar los logros del proceso.
Por Jairo Gómez
Los ojos del país político y económico, de militares, excombatientes y civiles, estuvieron y estarán puestos en este mecanismo que fue reglamentado por el Congreso a través de una ley estatutaria que ahora, tal cual como lo estableció el llamado “Fast-Track”, pasará a control automático de constitucionalidad en la Corte Constitucional, máximo rector de la Carta Fundamental de los colombianos.
Esta ley estatutaria dotó de un desarrollo normativo a la JEP y diseñó una reglamentación interna para su funcionamiento que hizo realidad la conformación de las salas constitutivas de este tribunal para la paz. La primera tarea de los magistrados, después de la posesión en enero, de la mayoría de ellos, ha sido elaborar un proyecto de ley sobre la técnica procesal que adoptarán. Mientras esta ley no esté definida, la JEP no podrá entrar a funcionar plenamente, pues corresponde al legislativo, a través de los partidos que tienen representación en el Congreso, dotar de las herramientas necesarias al Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición –SIVJRNR- y que permitirá, el funcionamiento de la totalidad de las salas y secciones de la jurisdicción.
Una concepción, larga, complida y negociada
Diseñar la arquitectura en que se cimienta la Jurisdicción Especial para la Paz –JEP- le llevó a las partes –Gobierno y FARC- más de año y medio de discusiones, tiempo durante el cual se consultaron todas las escuelas de pensamiento del derecho y se examinaron, con particular atención, los juicios pos segunda guerra mundial, para acertar en la construcción de un marco jurídico viable y evitar que ello implicara impunidad. Los negociadores la tenían clara: se trataba de una negociación política, pero sin burlar el derecho de las víctimas a saber la verdad.
La concepción de este mecanismo novedoso, con características universales, buscó siempre reconocer, esencialmente, a las víctimas y por ende convertirse en una herramienta útil para resolver otros conflictos del mundo.
Durante la negociación fue necesario aclarar, además, que el conflicto no emergió de un solo lado (la guerrilla), sino que detrás de esa guerra de cinco décadas también tuvieron papel protagónico los agentes estatales y las castas políticas y económicas tradicionales que predominan en las regiones más azotadas por la violencia política, que encontraron en el narcotráfico, un gran aliado para sembrar el terror y que, producto de esa asociación, prohijaron la pugna armada que degeneró en ejércitos paramilitares.
Reglamentar la JEP fue tan difícil como negociarla
Concebir la JEP no fue un camino fácil, y reglamentarla era un imperativo. Luego de que el Congreso aprobara en su integridad el pacto político tras el resultado adverso del plebiscito el 2 de octubre de 2016 comenzó un debate intenso sobre los alcances de la justicia transicional, que se acentuó cuando el gobierno del Presidente Santos hizo público el proyecto que debía aprobar el Congreso: el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz
El debate político sobre la JEP en el Congreso fue sucio, lleno de mañas y trapisondas hasta más no poder. Cuando se abrió la votación de la JEP, por ejemplo, en la plenaria del Senado cerca de 25 congresistas se declararon impedidos por tener familiares investigados o acusados por razones del conflicto armado. Eso lo dice todo. Por eso los terceros civiles y los agentes estatales no militares se salieron con la suya. ¿Legislaron en causa propia? ¡Buena pregunta!
Esa verdad, que debía ser contada por todos los actores del conflicto armados y no armados, prácticamente se mutiló. Según los antiguos guerrilleros, tal como quedó concebida, la aproximación a la verdad solo contempla que soldados, policías y alzados en armas sean quienes vayan a la JEP excluyendo a los terceros civiles y agentes del Estado no militares comprometidos con la guerra.
A la dosis de intranquilidad por los lados de FARC, surgen voces que aseguran que la JEP mantiene su esencia, pues no solo garantiza los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad, la reparación y la no repetición, sino que mantiene los subrogados penales como lo son las sanciones restaurativas y las penas de entre 5 y 8 años de restricción efectiva de la libertad para quienes confiesen sus delitos.
La corte de la impunidad
La Corte Constitucional, a través de la sentencia sobre el Acto Legislativo No. 1/2017, le abrió la puerta a la metamorfosis de la JEP con el fallo que declaró exequible el Fast-Track. Facultó que los congresistas podían debatir y presentar proposiciones para modificar los textos presentados por el Gobierno y anuló lo acordado en La Habana, que sólo permitía a los parlamentarios aprobar los textos sin posibilidades de hacerle cambios. Fue el primer golpe de mano que recibió lo pactado en Cuba y que permitió que la JEP sufriera sustanciales modificaciones.
El cambio más esperado fue el relacionado con los terceros civiles y agentes del Estado no militares, ya referido. La Corte abrió un enorme boquete, de aquí a la luna, al establecer que los “no combatientes y agentes del Estado no militares sólo podrían asistir a las instancias de la JEP de manera voluntaria”. Este pronunciamiento también cobija a las multinacionales tales como la empresa bananera Chiquita Brand, y a las multinacionales mineras, entre otras.
En la lógica de la Corte los únicos culpables de la guerra están de un solo lado, no existieron ni financiadores, ni protectores, ni auspiciadores de grupos paramilitares que masacraron, despojaron y desplazaron a millones de campesinos.
Otros asuntos polémicos en torno a la JEP
Por otro lado, el régimen de inhabilidades a los magistrados de la JEP también supuso un intenso debate. Las inhabilidades que se inventaron Cambio Radical y Centro Democrático y que incluyeron en la ley reglamentaria se interpretó como una retaliación contra varios de los magistrados ahí escogidos, descalificándolos por haber ejercido el Derecho y, en muchos casos, por haber litigado a favor de los Derechos Humanos; es más, impugnándolos por haber expresado opiniones de carácter ideológico en los últimos cinco años.
Al árbol de la JEP se le ha colgado de todo. Por ejemplo, que los delitos sexuales contra menores de edad quedaran excluidos de los beneficios de la Justicia Especial. Un escenario que no fue contemplado en La Habana cuando se aprobó el sistema de justicia, verdad y reparación, pero que en el Congreso tuvo pleno consenso. La Cámara de Representantes decidió que los autores de delitos sexuales contra menores de edad en el marco del conflicto perderán sus beneficios y pagarán los mismos años de cárcel que establece el código penal para violadores de menores.
Por otro lado, en La Habana el Gobierno y las Farc habían acordado que sólo los máximos responsables de los crímenes de lesa humanidad serian investigados y sancionados por la JEP. En Bogotá, el Congreso, por sugerencia del Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, determinó que todo aquel que haya cometido un delito grave debe ser investigado, independientemente de si se es máximo responsable o no; es decir, se amplía el ámbito de la investigación a guerrilleros y soldados rasos.
Tal y como están las cosas, es necesario hacerle un estricto seguimiento en las comisiones primeras de Senado y Cámara al orden legislativo que aún falta sobre la JEP e, igualmente, de los subsiguientes debates que se surtirán en las plenarias de cada corporación. Es importante destacar que este desarrollo normativo se dará en plenas elecciones presidenciales. Esto quiere decir, que la legislación que falta para complementar la JEP será discutida por un congreso que va de salida. Seguramente varios de los actuales congresistas repetirán, pero ello no garantiza un trámite normal de la ley que entregue las herramientas idóneas a los magistrados de la JEP para que la misma opere con normalidad y y haga valer la esencia del Acuerdo final de Paz, como es: verdad, justicia y reparación para las víctimas.